LaboralJUZGADO NACIONAL DE 1RA INSTANCIA DEL TRABAJO NRO. 35

JARPA, PATRICIO ELISEO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. -3- s/RECURSO LEY 27348

El fallo es un llamado de atención fuerte para quienes litigan en el fuero laboral bajo la Ley 27.348: no alcanza con que el perito judicial detecte incapacidad si antes no acreditaste mínimamente la mecánica del siniestro y el nexo causal. El juez fue categórico al señalar que la demanda incumplió el art. 65 L.O. por ser 'imprecisa, vaga y confusa', y que esa falencia no puede ser suplida por el tribunal. La enseñanza práctica es clara: al redactar el recurso de apelación ante la instancia judicial, tenés que detallar con precisión el recorrido habitual del trabajador, los medios de transporte utilizados, el lugar exacto del siniestro y acompañar todo indicio probatorio disponible desde el inicio.

También es relevante la mención al art. 7 de la Res. SRT 298/2017: el juez advirtió que el actor ni siquiera intentó ofrecer prueba adicional ante la Comisión Médica, lo que hubiera podido cambiar el resultado en sede administrativa. Esto implica que la estrategia probatoria debe construirse desde la etapa previa a la instancia judicial, no recién al llegar al juzgado.

Otro punto que no hay que perder de vista es que las costas se impusieron en el orden causado, lo que en la práctica protege al actor de una condena en costas plena, pero los honorarios regulados —especialmente los 8 UMAS para la demandada— van a impactar igualmente si el trabajador tiene que afrontarlos. En este tipo de procesos, la solidez del planteo inicial no es un detalle menor: define el resultado y el costo del fracaso.

Este comentario es informativo y no reemplaza el asesoramiento legal profesional. Verificá siempre el texto completo del fallo antes de citarlo.
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